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TEPJF se rehúsa a frenar actos del Frente Amplio por México; ordena al INE fiscalizar giras

Por: Administración
2023-07-19 17:55:28
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MILENIO. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se rehusó a suspender la convocatoria de PRI, PAN y PRD para seleccionar a la persona responsable de la construcción del Frente Amplio por México (FAM).

Por mayoría de votos, decidió ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE) emitir lineamientos para regular y fiscalizar las actividades que realizan las personas que aspiran a la candidatura presidencial por parte de cualquier bloque político.

En los lineamientos que emita el INE, se deberá implementar una fiscalización ad hoc o especializada para vigilar el origen y uso de los recursos empleados en los procesos y actividades derivadas de las convocatorias partidistas, la cual debe ser expedita, apegada a los principios de certeza y transparencia en la rendición de cuentas.

En sesión pública de la Sala Superior, el presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez Mondragón, y los magistrados Felipe Fuentes Barrera e Indalfer Infante votaron en contra de la propuesta de su par Janine Otálora que, al resolver un juicio promovido por el PT, planteó la suspensión inmediata de todas las actividades que realizan quienes aspiran a ser el candidato presidencial del FAM por considerar que se tratan de conductas que buscan defraudar a la ley y que constituyen un sistema paralegal al mandato constitucional.

En cambio, Fuentes e Infante avalaron la propuesta de Rodríguez Mondragón para que el INE regule las actuaciones de todos los partidos políticos y sobre todo, documente la propaganda que se ha colocado en bardas, transporte público y espectaculares y que los partidos políticos informen el origen de los recursos usados para la producción y colocación de esos materiales.

En su exposición, Otálora argumentó que “el proceso de selección de la persona responsable de la construcción del Frente Amplio por México supone la exposición de las y los aspirantes ante militantes y simpatizantes de estos partidos políticos y ante la ciudadanía, a quienes incluso se les solicitará un apoyo expreso, además de que las personas aspirantes deberán plantear su visión sobre México”.

Por ello, en su opinión, “es dable advertir que dicho proceso tiene la naturaleza de una contienda interna en el ámbito electoral, en la que resultara ganadora la persona con más apoyo social y partidista; quien, con independencia de su denominación, será postulada como candidata en el proceso electoral federal a celebrarse el año entrante”.

Sin embargo, al votar en contra del proyecto de Otálora, los otros tres magistrados coincidieron en que las actividades que están realizando los personajes del PRI, PAN y PRD se inscriben dentro de un proceso intrapartidista y como parte de su libertad autoorganizativa de los partidos políticos y que ejercen su derecho a involucrar a los ciudadanos en la promoción de la democracia.

Reyes Rodríguez afirmó que la propuesta de Otálora es “una solución posible, correcta y ética (…) pero no es la única posible la de suspender la totalidad de estos procesos, tampoco es la única ética ni correcta, o incorrecta, hay otras”.

Ante ello, dijo: “yo asumo que voy a proponer una que coincide, desde mi perspectiva, en ser la solución correcta; correcta ante esta realidad, que por primera vez impone al Tribunal Electoral pronunciarse sobre, en este caso lo haremos sobre la construcción del Frente Amplio Progresista y el litigio respecto a la invalidez o validez de su convocatoria para elegir a la persona responsable de esa construcción”.

Y aunque coincidió en que la convocatoria y el proceso para elegir a la persona puede vulnerar la equidad en la contienda del proceso electoral por venir, el del 2023-2024 queiniciará en septiembre, no compartió la urgencia de suspender todos los actos.

“Considero que el Instituto Nacional Electoral, a través de sus instancias, como la Comisión de Quejas, pero en particular el Consejo General, debe asumir la responsabilidad de emitir lineamientos generales que regulen y fiscalicen el proceso del Frente Amplio por México y de aquellos que tengan una finalidad similar para salvaguardar la equidad del proceso electoral 2023-2024; sobre todo, porque advierto que este no es el único proceso partidista de esta naturaleza que se encuentra en curso y que también podrían darse otros a nivel local.”, dijo Rodríguez Mondragón.

En su propuesta, que se incluirá en la sentencia a manera de engrose, el magistrado presidente planteó un plazo de cinco días para que el INE emita los lineamientos referidos, en los que “se deberán definir las reglas necesarias para identificar este tipo de actividades, lo que está permitido, lo que no está permitido, así como servir como protocolos y herramientas para quienes organicen y participan de esas actividades”.

Advirtió, además, que su propuesta y la emisión de lineamientos no significan “impunidad” de los actos que realicen los aspirantes a las candidaturas presidenciales de los diferentes partidos políticos.

Al respecto, Otálora Malassis difirió de los argumentos presentados por sus pares para votar en contra de su propuesta y sostuvo su proyecto en todos los términos.

En un posicionamiento publicado en Twitter, la magistrada aseguró que “no comparto que cuestiones fácticas y el comportamiento de los partidos conduzcan al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a realizar interpretaciones que generan un sistema paralegal”.

Además, reiteró lo dicho al exponer su caso en el pleno: “como he sostenido en diversas ocasiones, la democracia requiere demócratas”.

Para ella, “las conductas referidas en los expedientes atentan gravemente contra los pilares que sustentan la democracia al vulnerar al sistema electoral en su conjunto, obstaculizar la revisión por parte de las autoridades electorales y violentar la integridad democrática”.


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