MILENIO. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la petición de la ministra Lenia Batres para que los asuntos fiscales relevantes sean votados en el pleno y no en sesiones de las salas del máximo tribunal del país.
En sesión privada, con ocho votos contra dos, fue negada la solicitud que la ministra Batres Guadarrama anunció el 18 de junio, cuando no asistió a la sesión de la segunda sala para impedir que se desechara un amparo directo del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Su propuesta permitiría una importante deducción a favor de la empresa Pegaso, por concepto de amortización fiscal de gastos diferidos del ejercicio de 2014.
Esto al acusar que de aprobarse conforme al proyecto del ministro Javier Laynez Potisek significaría una pérdida de 4 mil 442 millones 423 mil 90 pesos para el erario federal.
“La discusión de este asunto se daría hoy, en sesión privada, en la Segunda Sala, a punto de ser extinguida. Tomé la decisión de no acudir ante la insistencia de votar asuntos fiscales de altísimo costo para la hacienda pública. "Y, el próximo martes, en la sesión del pleno de la Corte, estaré proponiendo que todos los asuntos fiscales se voten en el pleno mismo, de manera transparente ante la inminencia de la conclusión del cargo de los actuales ministros”, anunció el 18 de junio.
Sesión de la que se ausentó Lenia Batres
El martes primero de julio, la petición de la ministra, con lo cual buscaba que los temas fiscales no se aborden en las salas de la Corte, mismas que desaparecerán a partir del primero de septiembre, fue rechazada, pues solamente Lenia Batres y Margarita Ríos Farjat votaron a favor de la propuesta.
A través de un comunicado, Batres Guadarrama dijo que su solicitud se sustentó “en el artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación abrogada —aplicable a la actual integración de la SCJN— y en el acuerdo general 1/2023, en el cual establece que el tribunal pleno conservará para su resolución los asuntos que revistan de importancia y trascendencia”.
Detalló que después de una discusión de hora y media sobre este tema, el pleno resolvió no asumir su competencia para resolver los 15 asuntos fiscales con proyecto elaborado pendientes en las dos salas.
“En consecuencia, con esta resolución, se mantendrá en la opacidad la discusión de los litigios fiscales, pues las salas, en contravención con el artículo 94 constitucional, resuelven la totalidad de asuntos en sesiones privadas. Cabe mencionar que se trata del 95% de los juicios que ingresan a la Corte; sólo el 5% se resuelve de manera pública, en las sesiones de Pleno”.