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Fracasa proyecto de Reyes Rodríguez para anular elección judicial; TEPJF avala triunfo de ministros

Por: Administración
2025-08-21 00:31:19
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EL UNIVERSAL. La Sala Superior del Tribunal Electoral aprobó la validez de la elección de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al determinar que las pruebas sobre el uso de acordeones y su influencia en los resultados electorales son insuficientes y superficiales.

Con tres fotos a favor, —Mónica SotoFelipe Fuentes y Felipe de la Mata— y dos en contra —Reyes Rodríguez y Janine Otálora—, se avaló la legalidad de la elección, y se rechazó el proyecto del magistrado Rodríguez Mondragón que planteaba el uso de financiamiento prohibido y violación grave a principios constitucionales.

El magistrado Reyes Rodríguez, ponente del proyecto de nulidad, sostuvo que la existencia de los acordeones como un medio ilícito de propaganda quedó acreditada con 3 mil 188 acordeones impresos y 374 pruebas digitales, aportados como prueba.Ad loading

Las magistradas y magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Soto, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes, Janine Madeline Otálora, y Reyes Rodríguez Mondragón, durante la sesión en el pleno de dicho recinto este miércoles 20 de agosto de 2025. Foto: Diego Simón Sánchez/ EL UNIVERSAL

"Existió una estrategia ilícita, coordinada, sistemática y generalizada de distribución de acordeones que tuvo el propósito de influir en el voto de la ciudadanía. Dicha estrategia fue eficaz y logró que los resultados electorales observados, y por sus características, se trata de un mecanismo ilegal de inducción del voto suficiente para declarar la nulidad de esta elección", expuso.

El magistrado detalló que la votación mostró un patrón atípico, ya que pese a posibles combinaciones, el 45% de los votos válidos fue hacia una sola, la cual contenía a las nueve candidaturas ganadoras.

De acuerdo con un análisis de los niveles de participación electoral y los resultados, se advierte que en los distritos en los que mayor participación hubo, mayor fue el voto por las 9 candidaturas ganadoras, lo cual sugiere que hubo una estrategia de movilización para votar a través de los acordeones.

La magistrada Janine Otálora también propuso la nulidad de la elección judicial, al considerar que el uso de acordeones comprometió su validez, incluso, la legitimidad de la nueva integración de la Corte.

“Las elecciones no tienen sentido si no son equitativas y si el voto no es libre e informado. Lograrlo es el objetivo final que perseguimos las instituciones electorales y es el mandato que nos otorga la Constitución”, aseveró.

Las magistradas y magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Soto, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes, Janine Madeline Otálora, y Reyes Rodríguez Mondragón, durante la sesión en el pleno de dicho recinto este miércoles 20 de agosto de 2025. Foto: Diego Simón Sánchez/ EL UNIVERSAL

La magistrada presidenta, Mónica Soto afirmó que no existen evidencias de irregularidades graves, y que anular la elección de la Suprema Corte sería ir contra el Estado de Derecho.

“El proyecto llega a la conclusión de la existencia de los acordeones, aquí están, no podemos negar que hay; estos, que no sabemos de dónde salieron, si estuvieron el día de la elección, si no, si los utilizó la gente, porque estos acordeones están nuevos, no están manipulados, o sea, parece que no están usados”, señaló.

El magistrado Felipe de la Mata cuestionó si los acordeones anulan la capacidad de la ciudadanía de decidir libremente, “¿O acaso las 13 millones de personas que votaron son ovejas, ciegas, sordas y acríticas?”, preguntó.

“Más que evidenciarse una operación ilícita, generalizada, con efectos reales en el electorado, en el sentido de coaccionarlos o privados de su capacidad decisoria al momento de emitir su voto, el proyecto refleja una interpretación forzada y superficial de los hechos, desconociendo tanto la complejidad del voto, como la necesidad de conservar los actos válidamente celebrados, mientras no se acrediten irregularidades graves, sustanciales y determinantes”, dijo.

El magistrado Felipe Fuentes apuntó que no existen datos sobre quién, cuándo, dónde y cómo fueron producidos y distribuidos, por lo que su valor probatorio es limitado. Incluso, dijo, solo 173 acordeones están acompañados por testimonios anónimos.

“Esto es una falacia de causa falsa, porque en materia estadística, la correlación no implica causalidad, es lo que en la estadística se denomina una correlación espuria”, sostuvo.


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