EXPANSIÓN. Las carencias del sistema de salud dejan a tantas personas sin acceso oportuno a tratamientos al grado que miles recurren a los juicios de amparo para exigir fármacos o atención médica.
Al menos 20,649 amparos fueron interpuestos por estos motivos entre 2017 y 2023. Si en los hospitales faltaba un medicamento o no había acceso a quimioterapias, los pacientes interponían un amparo y solo así ejercían su derecho a la salud.
Ahora, temen que esta posibilidad se desvanezca con la reforma a la Ley de Amparo que este miércoles aprobó la Cámara de Diputados.
La enmienda incluye tres modificaciones consideradas preocupantes debido a que obstaculizan que los juicios de amparo garanticen derechos humanos.
Antes de 2011, solo podía interponer un amparo quien demostrara una afectación directa y personal. Es decir, que tenía “interés jurídico”.
Posteriormente, los cambios en el juicio de amparo permitieron que también se accediera a la protección de la justicia ante afectaciones indirectas o cuando se ve mermado un derecho. Esto es lo que se conoce como “interés legítimo”.
Esa figura abrió la puerta a la defensa de derechos humanos mediante amparos, como ha sido el caso de los miles de pacientes que accedieron a medicamentos.
A través de esta vía, los ciudadanos también se protegieron de proyectos que amenazaban su derecho a un ambiente sano; de acciones que no respetaban los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y se defendió el derecho a la información y la libre expresión.
Sin embargo, la reforma legislativa plantea volver a la visión restrictiva, señalaron cinco organizaciones civiles en un análisis.
“Al definir de manera restrictiva el interés legítimo, se limita el acceso al juicio de amparo, especialmente para colectivos y grupos en situación de vulnerabilidad. También debilita la protección de derechos colectivos”, explican las organizaciones Centro Prodh, Fundar, Gire, Cemda y Artículo 19.
Existe otro aspecto de la reforma a Ley de Amparo con efectos negativos, que les preocupa aún más: la suspensión como medida cautelar para "evitar que se consuman violaciones a derechos”.
Las organizaciones explican que este aspecto limita el alcance colectivo de las resoluciones y sus efectos generales. Para otorgarse una suspensión provisional, será requisito que el juez pondere que en su resolución privará el “interés social” y no causará un daño significativo a la colectividad.
En el caso del sector salud, muchos pacientes pudieron acceder a medicamentos tras interponer amparos colectivos y no solo amparos por afectaciones individuales, lo que marcaba un precedente para que las instituciones de salud no repitieran ciertas omisiones.
Además, todos los pacientes que interponen amparos reciben el tratamiento gracias a las suspensiones provisionales que obligan a las instituciones de salud a cumplir con los servicios e insumos.
En los últimos años, el IMSS ha sido la institución de salud que más amparos ha recibido de pacientes, con 3,837. Pero miles lograron acceder a este derecho humano con amparos colectivos ante el Consejo de Salubridad General, que sumó más de 14,000, según un informe del Colectivo Cero Desabasto.
Para el abogado Guillermo Rivera, director general de la organización Justicia contra el Cáncer, la reforma abre la puerta a interpretaciones que favorezcan a las instituciones públicas y no a la ciudadanía.
Un juez, por ejemplo, podría negar el amparo para que un hospital entregue un medicamento si argumenta que el costo del fármaco para una persona pone en riesgo el financiamiento del resto de pacientes.
“Esto es lo que más me preocupa, que la autoridad te puede decir: 'Espérate, yo no te puedo dar el medicamento porque, atendiendo la justicia social, al interés colectivo, yo tengo pacientes en este hospital que están en un listado y eso para mí es prioridad, el interés colectivo sobre tu interés individual'", explica.
A esto se suma el cambio en el Poder Judicial, que creó un Tribunal de Justicia Disciplinaria para corregir conductas indebidas de los jueces. Pero que podría usarse a modo para castigar a los jueces que otorguen amparos desfavorables para los gobiernos en turno.
"Puede venir el Tribunal de Justicia Disciplinaria y decirte: ‘Oye, no atendiste en tu sentencia el interés social, le diste el medicamento a tal persona y desprotegiste a la población de manera colectiva, entonces, te voy a abrir un procedimiento administrativo", ilustra.
Justicia contra el Cáncer ha acompañado a más de 4,400 personas en el trámite de amparos para medicamentos y servicios de salud. Surgió en el marco de la pandemia de covid, cuando el desabasto de insumos para la salud se agudizó.
A pesar de las reformas, continúa ayudando a los pacientes sin acceso a medicamentos apelando a resoluciones y tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Pero su director también ve en la reforma un riesgo en la última vía que los pacientes enfermos tienen para defenderse ante las fallas de las instituciones de salud. El amparo se convirtió en otra forma de salvar vidas.
La activista y abogada Andrea Rocha coincide. Ella dirige la Unión Nacional contra el Desabasto, desde la cual ha ayudado a pacientes con alrededor de 600 amparos.
Desde el año pasado, Rocha advirtió sobre estos riesgos en el marco de la aprobación de la Reforma Judicial, que llevó a las urnas a los ministros, magistrados y jueces. Incluso, organizó una protesta de pacientes para demandar que estos cambios no se avalaran. Pero esto no ocurrió y hoy teme que los pacientes queden desprotegidos.