¿Home office igual a pago al 100%? La ley no contempla recorte salarial

Por: Administración
2020-05-15 16:42:41
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Ante la emergencia sanitaria, algunos patrones han recurrido a medidas poco convencionales para preservar empleos, pero quienes cumplen jornadas completas y objetivos en home office no deben ver reducido su sueldo, afirma Juan Carlos de la Vega, experto en derecho laboral.

Esta semana, los datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) arrojaron que en abril se perdieron más de medio millón de empleos en medio de la cuarentena por el contagio de Covid-19. 

Los economistas apuntan a que el mayor riesgo es la destrucción estructural del empleo, pues difícilmente se recuperarán las plazas que sean cerradas por quiebras de empresas, incluso BBVA tiene una estimación de pérdida de 1.5 millones de empleos en el país.

De ahí que muchos patrones hayan optado por establecer convenios con los trabajadores para reducir jornadas o incluso salario en pro de evitar despidos. 

 Juan Carlos de la Vega, experto en derecho laboral y socio del despacho Santamarina y Steta explica que, en tanto no haya existido una declaratoria de contingencia sanitaria por parte del Consejo de Salubridad o la Secretaría de Salud, los patrones no cuentan con un marco legal para reducir jornadas o salarios debido a la pandemia.

“La Ley Federal del Trabajo prevé desde 2012 un marco para cuando exista una pandemia y deba darse una indemnización por suspender la relación laboral , sin embargo requería una declaración de contingencia que no ocurrió, ante esto muchas de las empresas han modificado los términos y condiciones de sus relaciones laborales”.

En causas de fuerza mayor, existe la posibilidad legal de modificar la relación laboral, sin embargo, todos los acuerdos que las empresas alcancen, ya sea con sindicatos o directamente con los trabajadores, deben ser aprobados por las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que hoy no operan al 100%. 

En el caso de las plantas que cesaron totalmente su producción y mandaron a los empleados a casa, explica el especialista, el gobierno apeló a la solidaridad de los empresarios, pues la alternativa era frenar la operación e indemnizar únicamente con el pago del salario mínimo durante un mes, pero no ocurrió la declaratoria. 

“Los acuerdos con los empleados para reducción de salarios están dependiendo de la capacidad económica de las empresas y otras condiciones como el otorgamiento de prestaciones, a nivel local, las juntas de conciliación y arbitraje no están funcionando, pero la junta federal sí está aprobando algunos convenios de modificación de condiciones laborales”. 

Reducción ilegal de salario

Otros trabajadores están en una situación distinta, y es que algunas empresas operan con el personal laborando de forma remota y, aunque cumplen con sus cuotas y objetivos de trabajo, han visto la modificación de sus condiciones laborales. 

“El principio legal básico de las relaciones de trabajo es que se te pague una cantidad estipulada por cumplir con una jornada, si el home office implica que sigo trabajando desde casa y cumplo los objetivos entonces aplica un salario al 100%” , explica el especialista. 

De acuerdo con el experto, la reducción de salarios en home office resulta ilegal, aunque algunas empresas han establecido acuerdos para desincentivar demandas por parte de los colaboradores. 

“No es legal, sin embargo, si el trabajador recibe su sueldo completo o incluso con intereses una vez pasada la emergencia sanitaria, entonces no hay incentivos para generar una demanda”. 

Hacia el futuro, la pandemia pone en la mesa nuevos temas para la regulación laboral. 

“El tema de horas extra, home office, accidentes laborales cuando la gente trabaja en casa o costos de centros de trabajo trasladados a los empleados podrían formar parte de una discusión sobre legislación laboral”, añade el especialista. 

Fuente: Viridiana Mendoza Escamilla / Forbes